Bucear en España es bucear bajo una sola norma estatal —el Real Decreto 550/2020, modificado por el RD 1188/2025— y sobre una red de 12 reservas marinas de interés pesquero que protegen más de 105.000 hectáreas. Elegir destino es la parte fácil; poder meterse en él un sábado de agosto, no tanto. Aquí va lo que está publicado por un organismo, con el enlace al documento.
En resumen
| Pregunta | Dato y fuente |
|---|---|
| ¿Qué es obligatorio por ley? | Seguro de accidentes y de responsabilidad civil (RD 550/2020, art. 18.4) |
| ¿Hace falta licencia federativa? | No para bucear de recreo (Ley 39/2022, art. 49.1) |
| ¿Cuántas reservas marinas estatales hay? | 12, con más de 105.000 ha protegidas (MAPA, julio de 2026) |
| ¿Cuál es la mayor? | Isla Graciosa e Islotes del Norte de Lanzarote, 70.700 ha |
| ¿Cuál fue la primera? | Isla de Tabarca, por Orden de 4 de abril de 1986 |
| ¿Qué piden para bucear en una reserva estatal? | Título reconocido por una CCAA, 25 inmersiones acreditadas, seguro y reconocimiento médico en vigor |
| ¿Cómo se pide el permiso? | Sede electrónica del MAPA; resolución en 1 mes y silencio negativo (RD 214/2026) |
| ¿Qué cambió en 2026? | Ratio de 1 instructor por alumno en bautismos (RD 1188/2025, desde el 31-12-2025) |
| ¿Temperatura de referencia? | l’Estartit, 2025: 18,2 °C de media anual en superficie y 15,3 °C a 50 m (Idescat) |
¿Qué exige la ley para bucear en España?
El marco es el Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, en vigor desde el 1 de julio de 2020. Se aplica en todas las aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción (art. 1.1), así que cubre desde las Medes hasta El Hierro. Tres artículos concentran casi todo lo que te afecta:
- Seguro (art. 18.4). Todo practicante de buceo recreativo debe tener seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
- Salud (art. 8.3 y anexo I). En buceo recreativo basta una declaración responsable mediante cuestionario, y el reconocimiento médico anual solo entra si de las respuestas se desprende una afección preexistente. Pero el artículo empieza por lo contrario para otra modalidad: los buceadores «de las modalidades de buceo deportivo y científico deberán superar al menos cada dos años un reconocimiento médico» con espirometría, electrocardiograma y otorrinolaringología. Si bajas encuadrado en actividad deportiva federada, ese es tu párrafo, no el de la declaración responsable. Las reservas marinas piden además reconocimiento médico en vigor por su normativa propia.
- Profundidad por edad (art. 7). 6 m entre 8 y 9 años; 12 m entre 10 y 11; 21 m entre 12 y 15; 40 m entre 16 y 18. El artículo termina ahí: para los mayores de 18 no fija tramo. Lo que hay para adultos es el artículo 18.1 —40 m en recreativo autónomo, «pudiéndose utilizar únicamente aire o nitrox»— y el 18.3, que permite expresamente bucear fuera de esos límites de profundidad y de mezcla a partir de los 18 años con el equipamiento del apartado 1.2 del anexo III. No es un techo infranqueable: es una puerta con requisitos de equipo.
El Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, cambió el mapa en 2026. Modifica los artículos 9, 18, 28, 59, 61 y 65, la disposición transitoria primera y el anexo III del RD 550/2020. Fija de forma explícita la ratio 1:1 en los bautismos: cada participante «deberá estar acompañado individualmente por un instructor, que no podrá supervisar a más de un alumno al mismo tiempo» (art. 9.3 del RD 550/2020 en su nueva redacción). Lo que eso cambia en la práctica lo contamos en el bautismo de buceo. También reconoce las titulaciones que cumplan estándares internacionales de seguridad certificadas por organismos reconocidos a nivel internacional y europeo: es la puerta legal por la que entran las agencias internacionales junto a FEDAS-CMAS. Las consecuencias han sido tangibles, y la patronal balear cifra en al menos veinte los centros de buceo cerrados tras la norma.
¿Es obligatoria la licencia federativa?
No para bucear de recreo, y conviene decirlo claro porque circula lo contrario. El artículo 49.1 de la Ley 39/2022, del Deporte, ata la licencia deportiva a «la participación en actividades o competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal e internacional», y el seguro obligatorio deportivo del artículo 49.2.e) se refiere a deportistas federados en competición oficial estatal.
Lo obligatorio es el seguro del artículo 18.4 del RD 550/2020: la licencia federativa lo satisface, pero no lo monopoliza. Tenemos comparadas las certificaciones de buceo y lo que la federación publica sobre la primera estrella FEDAS.
¿Cuántas reservas marinas de interés pesquero hay en España?
Doce, las que enumera el índice de la red de reservas marinas del MAPA. Protegen más de 105.000 hectáreas: cinco las gestiona en exclusiva el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y siete de forma compartida con las comunidades autónomas. La primera fue Isla de Tabarca, en 1986, así que 2026 es el cuarenta aniversario de la red.
| Reserva marina | Superficie | Año |
|---|---|---|
| Isla Graciosa e Islotes del Norte de Lanzarote | 70.700 ha | 1995 |
| Levante de Mallorca-Cala Rajada | 11.000 ha | 2007 |
| Islas Columbretes | 5.493 ha | 1990 |
| Cabo de Gata-Níjar | 4.653 ha | 1995 |
| Isla de La Palma | 3.455 ha | 2001 |
| Cabo de Palos-Islas Hormigas | 1.931 ha | 1995 |
| Isla de Tabarca | 1.754 ha | 1986 |
| Isla de Alborán | 1.650 ha | 1997 |
| Isla de sa Dragonera | 1.367 ha | 2020 |
| La Restinga-Mar de las Calmas | 1.180 ha | 1996 |
| Cabo Tiñoso | 1.173,79 ha | 2016-2017 |
| Masía Blanca | 457 ha | 1999 |
Súmalas: las doce fichas técnicas dan 104.813,79 ha, es decir 186 hectáreas por debajo de las «más de 105.000» que anuncia el Ministerio. La tabla no confirma esa cifra, la deja algo corta, y preferimos decirlo a que lo descubras con la calculadora: el MAPA redondea al alza. La misma costura asoma en La Graciosa, donde la ficha técnica da 70.700 ha y la nota de prensa de julio de 2026 dice 70.100; aquí usamos la ficha. Con una cifra o con la otra, La Graciosa sola se lleva el 67 % de todo lo protegido: dos terceras partes largas.
Un aviso antes de hacer planes. En Masía Blanca (Tarragona) no se bucea: la Orden APA/600/2026 prorroga hasta el 10 de julio de 2029 la veda de todas las actividades en la reserva, porque las evaluaciones recomiendan no autorizar «la pesca y el buceo recreativo». Y en Isla de Alborán no hay una reserva integral, hay dos. La ficha del MAPA es literal: «se crean dos reservas integrales, una en el área que se extiende hasta media milla alrededor de la isla de Alborán, y otra que ocupa el área circular de media milla alrededor del bajo de “Piedra Escuela”». Ese segundo círculo cubre justo el bajo que le interesaría a un buceador. La ficha no incluye el buceo recreativo entre los usos de la reserva: solo pesca profesional, pesca deportiva al curricán y actividades científicas, y estas «por fuera de la reserva integral y previa autorización de la Secretaría General de Pesca».
¿Qué te piden para bucear dentro de una reserva marina del Estado?
Hay una norma común, y conviene leerla antes de reservar nada. La Orden APA/126/2019, de 1 de febrero unificó los criterios de buceo recreativo responsable, y su anexo, de obligado cumplimiento, se aplica a «todas las inmersiones de buceo recreativo realizadas en las reservas marinas de interés pesquero». Su preámbulo, eso sí, enumera solo las diez reservas que existían en febrero de 2019: no cita Cabo Tiñoso y es anterior a sa Dragonera.
Obliga a que toda inmersión recreativa cuente con un Buceador Guía. La norma describe su capacitación con estas palabras: titulación equivalente a «Buceador Líder» de la norma ISO 24801-3, FEDAS-CMAS 3 estrellas o Técnico Deportivo en buceo con escafandra autónoma. En inmersiones de particulares, uno de los buceadores debe asumir ese papel y tener esa capacitación. Si dudas de qué titulación tuya encaja ahí, pregúntalo en el centro o en el órgano gestor: no es una equivalencia que convenga suponer.
La misma orden impone un test de buceo cada dos años como máximo, en un máximo de tres metros y en entorno controlado, con seis ejercicios: comprobación de la presión de la botella, vaciado de gafas en flotabilidad neutra, quitarse y ponerse las gafas, quitarse y ponerse el regulador, uso del regulador de emergencia y compartir aire con el compañero. Aprueba además dos decálogos de buenas prácticas y prohíbe alimentar fauna, capturar organismos, enfocar con focos en cuevas donde pueda afectar a la biota, acercarse a artes de pesca y manipular material científico.
Los requisitos personales comunes son cuatro: título de buceo expedido, reconocido u homologado por una comunidad autónoma; experiencia acreditada de 25 inmersiones mínimas, de ellas al menos una en los doce meses anteriores a la solicitud; seguro en vigor; y reconocimiento médico en vigor. La solicitud individual se tramita en la sede electrónica del MAPA, procedimiento «Autorización de buceo autónomo para particulares – reservas marinas»; la presentación electrónica la regula el Real Decreto 214/2026, de 18 de marzo. El plazo de resolución es de un mes y el silencio administrativo es negativo: si no te contestan, no bajas.
¿Por qué las islas Medes no son una reserva marina del Estado?
Porque no lo son, y es un error frecuente: lo tenía esta misma página hasta hoy. Las Medes no pertenecen a la red estatal: son una Reserva Natural Parcial Marina y una Reserva Natural Integral dentro del Parc Natural del Montgrí, les Illes Medes i el Baix Ter, declarado por la Ley 15/2010, de 28 de mayo, del Parlament de Catalunya. Tampoco son la mayor reserva marina de España: ese título es de Isla Graciosa, con 70.700 ha.
Bucear allí exige una licencia específica sujeta a tasa, prevista en la propia ley, y el acceso se canaliza por centros autorizados con número tasado. El trámite de la Generalitat lo formula en negativo, y conviene reproducirlo tal cual: el número de autorizaciones «no puede igualar ni superar» las nueve para el grupo A ni las seis para el grupo B, y tampoco las seis en la inmersión sin medios de respiración artificial. Es decir, ocho, cinco y cinco como techo real. Las licencias de inmersión se reparten después entre los centros por medias ponderadas, y las solicitudes se presentan del 1 al 30 de noviembre, solo en años pares.
El segundo mito que conviene enterrar es el del límite diario —los «400 buceadores al día» que publicaba esta misma página hasta hoy—. La modificación del Pla Rector d’Ús i Gestió (Decret 222/2008, modificado por el Decret 1005/2017, DOGC 7507 de 29 de noviembre; el BOE lo publica en castellano como Real Decreto 1005/2017) eliminó los máximos diarios por zona y para el conjunto de la reserva y los sustituyó por un techo anual, revisable cada año según los indicadores biológicos de los últimos cuatro. El anexo es literal, punto 3.1: «se establece un máximo anual de 74.876 inmersiones con escafandra autónoma», repartido zona por zona —Ferranelles 11.000, La Vaca 8.028, Dofí 7.680, Carall Bernat 6.591 y así hasta trece zonas—. Y el punto 3.2 añade «un máximo de 45 inmersiones simultáneas con escafandra autónoma en cada zona de inmersión»: son inmersiones simultáneas por zona, no operaciones ni un tope global. Para las inmersiones sin escafandra, el punto 4 no fija ningún máximo. El islote del Medellot quedó como zona de control, sin inmersiones, para poder comparar. Llegaron además tres reglas prácticas: «ecobriefing» obligatorio antes de cada inmersión, al menos un guía submarino acompañando a los buceadores y un máximo de dos embarcaciones amarradas a la vez a una misma boya.
Ante un accidente, la referencia que vale en toda España: 112 para emergencias y Salvamento Marítimo en el 900 202 202 y en el canal 16 de VHF; qué cámara hiperbárica te queda cerca depende de dónde bucees, y eso va en cada guía local. El reparto completo del cupo por boyas, el régimen de licencias y la cámara de referencia en Girona están en buceo en la Costa Brava; los puntos y la normativa de la reserva, en la guía de los puntos y la normativa de las Medes, y la ficha del sitio en Islas Medas, Girona.
¿Cuántas inmersiones al día admite Cabo de Palos?
Cabo de Palos-Islas Hormigas son 1.931 ha creadas en 1995, con gestión compartida entre la Secretaría General de Pesca en aguas exteriores y la Región de Murcia en aguas interiores, sobre fondos de más de 50 m y praderas de Posidonia oceanica en buen estado.
En aguas exteriores hay un solo punto autorizado: «Bajo de Fuera». El anexo 3 de la Orden APM/660/2017 fija 30 inmersiones al día en temporada alta —del 1 de junio al 30 de septiembre, fines de semana hasta el 12 de octubre y Semana Santa— de 09:00 a 18:00, y 13 al día el resto del año, de 10:00 a 16:00. Los guías no computan y el máximo se refiere a inmersiones, no a personas. La ficha técnica del MAPA publica una tabla distinta, con 25 inmersiones/día en julio y agosto; para aguas exteriores manda la orden, que es posterior.
Las inmersiones están prohibidas en la reserva integral del entorno de Isla Hormiga, un radio de 0,5 millas náuticas centrado en 37º 39,316′ N – 000º 38,952′ W. También lo están las inmersiones nocturnas, las inmersiones desde tierra, los equipos de propulsión submarina, las prácticas de escuela y llevar instrumentos de pesca salvo un cuchillo de seguridad. Para aguas interiores el trámite es regional, con autorización expresa de la dirección general competente en pesca.
¿Quién da el permiso para bucear en Cabo de Gata?
No lo da Medio Ambiente, aunque sea lo que suele responderse; era, sin ir más lejos, lo que decía esta misma página hasta hoy. La ficha del MAPA es literal: el buceo autónomo se permite «previa solicitud de autorización en la Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería».
La reserva son 4.653 ha creadas en 1995 a partir de estudios del Instituto Español de Oceanografía, de gestión estatal en exclusiva. La Orden ARM/1744/2011 autoriza dos únicos puntos: «Los Burros-Los Amarillos» (36º43,831′ N; 002º07,120′ W) y «El Vapor» (36º42,670′ N; 002º12,340′ W), con un cupo de 2.000 inmersiones al año cada uno y un máximo de 12 buceadores por embarcación. Prohibidas las inmersiones nocturnas y desde tierra, los propulsores, los cursos y prácticas, y portar instrumentos de pesca salvo cuchillo. Los centros deben comunicar su programación semanal con siete días de antelación y llevar registro de inmersiones.
¿Qué cupo tiene El Hierro y es ya parque nacional?
La Restinga-Mar de las Calmas son 1.180 ha creadas en 1996. La Orden APA/89/2005 autoriza cuatro puntos con coordenadas —El Bajón, La Bocana, El Rincón y La Herradura— con un cupo de 2.300 buceadores al año por punto y un máximo de 10 buceadores simultáneos por punto, sin contar monitores. Embarcación de apoyo obligatoria, de hasta 10 m de eslora y 10 buceadores, amarrada a boya. Prohibidas las inmersiones nocturnas salvo en la Bocana del Puerto, las inmersiones desde tierra y acercarse a menos de 300 m de la reserva integral desde La Herradura. El Hierro tiene además doble ventanilla: la autorización la da el MAPA para aguas exteriores y la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias para las interiores.
Sobre el parque nacional, la respuesta a día de hoy es «todavía no». El Consejo de Ministros aprobó el 30 de julio de 2024 la propuesta de declaración del Parque Nacional Marino del Mar de las Calmas, y el anuncio del BOE del 8 de agosto de 2024 abrió cuatro meses de información pública. Ese anuncio no da superficie: remite al documento de la propuesta, y es ahí, en el expediente de información pública del OAPN, donde se lee «una superficie de 24.822,07 hectáreas». El anteproyecto de ley estuvo en audiencia pública entre junio y julio de 2025. Sería el decimoséptimo parque nacional y el primero exclusivamente marino de España, pero falta la ley de las Cortes Generales: lo correcto es decir «propuesto», no «declarado». Tienes la ficha en El Hierro, Islas Canarias.
¿Dónde se puede bucear en La Herradura?
El entorno de La Herradura está dentro del Paraje Natural Acantilados de Maro-Cerro Gordo, en el mar de Alborán. La ficha de la Junta de Andalucía da 1.913 ha de superficie total y fecha de declaración de 28 de julio de 1989, no desglosa cuánto de eso es mar y le reconoce tres figuras europeas encima: ZEPA, ZEC (ES6170002) y ZEPIM, zona especialmente protegida de importancia para el Mediterráneo.
El Decreto 6/2015, de 20 de enero, establece zonas de limitación de buceo donde no se puede bajar ni con escafandra ni en apnea: el polígono del Área de Reserva de Cerro Gordo y el de la Playa Molino de Papel. Fuera de esas zonas, las inmersiones con escafandra requieren autorización previa de la Consejería, que se solicita en la Delegación Territorial de Málaga para el tramo de Nerja y en la de Granada para el de Almuñécar: dos ventanillas para un mismo paraje, según de qué lado de la línea provincial caiga el punto.
¿Qué pecio es realmente el «San Andrés» de Tarifa?
Durante décadas se identificó el pecio conocido como «San Andrés», en la isla de las Palomas, con el vapor Miño, hundido en abril de 1856 tras colisionar con la fragata británica Minden. Esa identificación está cuestionada.
El trabajo de Quero Oliván y González Gallero publicado en Almoraima: revista de estudios campogibraltareños, nº 50 (2019), pp. 79-86, sostiene, a partir de investigación documental y de campo, que la atribución está mal hecha, y precisa dónde ocurrió realmente aquel naufragio. El nombre «San Andrés» no viene del barco: procede de los lingotes de plomo del lastre, fundidos en la Fundición San Andrés de Málaga. El propio «San Andrés» figura en la relación de yacimientos subacuáticos declarados Zona Arqueológica en Andalucía que publica la Junta, y esa declaración condiciona el acceso. La ficha lo sitúa «en la cara Este de la Isla de Tarifa, a una profundidad que oscila entre los 25 y los 45 metros» y mantiene la atribución al vapor Miño en condicional —«podría tratarse»—, que es justo lo que el trabajo de 2019 discute. Esa relación, contada hoy, pasa del medio centenar de yacimientos y más de treinta están en la provincia de Cádiz; como es de 2009, conviene no darla por cerrada.
¿Qué temperatura tiene el agua en España?
La serie mensual que usamos es catalana: la estación de l’Estartit, a una milla al este de las Medes, que el Servei Meteorològic de Catalunya mantiene con el observador Josep Pascual en colaboración con el Institut de Ciències del Mar (CSIC) y el Parc Natural. Es la serie marina más larga del Mediterráneo español, y de ella salen las cifras que sirven de ancla para toda esta costa.
En 2025, según Idescat, la media anual fue de 18,2 °C en superficie, 15,3 °C a 50 m y 14,5 °C a 80 m. Y el contraste que de verdad decide el traje es estacional, no anual: en julio la superficie marcó 25,5 °C y los 50 metros seguían en 15,3 °C. Diez grados en la misma inmersión. Cuidado al comparar esa media anual con las medias 1998-2022 que publica Meteocat junto a cada observación (21,5 °C a 0,5 m, 16,8 a 50 m…): no son medias del año, son el valor climático del día de la observación, que sirve para calcular la anomalía de esa fecha. La tabla mes a mes y cota a cota está en temperatura del agua en las Islas Medas, y qué espesor de neopreno pide cada cifra, en su propia guía.
Para el resto del país hay rangos estacionales, publicados por el MITECO en las Estrategias Marinas:
- Canarias. De 16-18 °C de mínima invernal a 23-25 °C en verano, con el máximo de mar abierto en septiembre y octubre —25 °C—, más tarde que en el Mediterráneo. El Hierro y La Palma son más cálidas que las islas orientales todo el año, hasta 3 °C en verano.
- Galicia y Cantábrico. A 10 m sobre la plataforma, máximo típico en agosto y mínimo a finales de invierno, con una amplitud de unos 8,5 °C entre 12,8 y 21,3 °C. La columna se estratifica de mayo a octubre y está mezclada de noviembre a abril.
- Mediterráneo. En invierno la columna llega a la cuasi-homogeneidad, con 13 °C en el fondo y 14 °C en superficie; en verano la superficie puede pasar de 28 °C. Eso explica las termoclinas de las Medes y de Cabo de Palos en julio y agosto.
Como referencia de techo, los récords de temperatura media diaria que publicó Puertos del Estado en julio de 2026 van de los 28,67 °C del Levantino-Balear (23-08-2023) a los 22,26 °C de la Noratlántica (25-08-2023). Si necesitas elegir mes, tenemos el calendario de buceo mes a mes por destino.
¿Qué reservas marinas no dependen del Estado?
«Reserva marina» en España designa dos cosas distintas según quién la declare, y de ahí viene la mitad de los malentendidos.
Baleares tiene su propia red de 12 reservas marinas autonómicas, distinta de las 12 estatales, con sa Dragonera, la Bahía de Palma, el Norte de Menorca o los Freus de Ibiza y Formentera entre ellas. El buceo con escafandra exige permiso individual o colectivo del órgano competente; la apnea es libre en toda la reserva, y está prohibido llevar cualquier instrumento utilizable para pescar o extraer especies, salvo cuchillo de seguridad.
Galicia tiene dos reservas marinas de interés pesquero autonómicas que tampoco cuentan en las doce estatales: Os Miñarzos, en la costa de Lira, por el Decreto 87/2007 —la primera de gestión autonómica de España—, y Ría de Cedeira, por el Decreto 28/2009. Sus planes de gestión integral se publican año a año en el portal de Pesca de Galicia, en PDF, y ahí es donde hay que mirar el régimen de acceso de cada campaña.
Y en el Parque Nacional das Illas Atlánticas, bucear exige autorización escrita por los artículos 4.1.m) y 10.3.e) de la Ley 15/2002; hacer snorkel sin plomos no la necesita, como aclara la propia página de buceo del parque. Las condiciones están publicadas y conviene leerlas antes de ir: hay que enseñar DNI, titulación de buceo y seguro de accidentes; la autorización no vale sin el sello del personal del parque, que se pide en el muelle avisando a la guardería con 24 horas de antelación; hay que llevar plan de evacuación, equipo de oxígeno y botiquín a bordo, y desplegar la bandera alfa; y las zonas marinas de reserva quedan excluidas —en Cíes, de Cabo Bicos al muelle de los Hornos, los alrededores del islote Boeiro y el bajo Carrumeiro, hasta la isobata 10—. El permiso se solicita en el formulario que enlaza esa misma página.
Si lo que buscas es comparar con otros países, tenemos los mejores destinos de buceo del mundo por tipo de experiencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué se necesita para bucear en España?
El artículo 18.4 del Real Decreto 550/2020 exige que todo practicante de buceo recreativo tenga seguro de accidentes y de responsabilidad civil. En buceo recreativo, para la salud basta una declaración responsable mediante cuestionario (art. 8.3 y anexo I) y el reconocimiento médico anual solo entra si de las respuestas se desprende una afección preexistente. Cuidado con el mismo artículo 8.3: a los buceadores de las modalidades deportiva y científica les exige superar «al menos cada dos años» un reconocimiento médico con espirometría, electrocardiograma y otorrinolaringología. Las reservas marinas de interés pesquero, además, piden reconocimiento médico en vigor.
¿Es obligatoria la licencia federativa para bucear en España?
No para bucear de recreo. El artículo 49.1 de la Ley 39/2022, del Deporte, exige licencia «para la participación en actividades o competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal e internacional». Lo que sí es obligatorio es el seguro del artículo 18.4 del RD 550/2020. La licencia federativa de FEDAS es una de las formas de tener esa cobertura, no un requisito legal en sí.
¿Cuántas reservas marinas hay en España?
Doce de interés pesquero, que protegen más de 105.000 hectáreas: cinco las gestiona en exclusiva el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y siete de forma compartida con las comunidades autónomas. La mayor es Isla Graciosa e Islotes del Norte de Lanzarote, con 70.700 ha. La primera fue Isla de Tabarca, en 1986. Baleares y Galicia tienen además redes propias que no cuentan en esas doce.
¿Cuántas inmersiones al día se permiten en Cabo de Palos?
En aguas exteriores hay un solo punto autorizado, «Bajo de Fuera». El anexo 3 de la Orden APM/660/2017 fija 30 inmersiones al día en temporada alta —del 1 de junio al 30 de septiembre, fines de semana hasta el 12 de octubre y Semana Santa— de 09:00 a 18:00, y 13 al día el resto del año, de 10:00 a 16:00. Los guías no computan y el máximo se refiere a inmersiones, no a personas.
¿Qué profundidad máxima permite la ley española según la edad?
El artículo 7 del RD 550/2020 solo regula a los menores: 6 metros entre los 8 y los 9 años; 12 entre los 10 y los 11; 21 entre los 12 y los 15; y 40 entre los 16 y los 18. Ahí termina el artículo. Para los adultos manda el artículo 18.1, que fija el límite del buceo recreativo en autónomo en 40 metros «pudiéndose utilizar únicamente aire o nitrox», y el 18.3, que permite expresamente a los mayores de 18 años bucear fuera de esos límites de profundidad y de mezcla si llevan el equipamiento del apartado 1.2 del anexo III.